Autor: Abg. Janio Zambrano Segura
La profesionalización del deporte no es solo un fenómeno técnico, sino un proceso
jurídico y financiero que transforma a los clubes en actores económicos relevantes. En
Ecuador, la figura de la Sociedad Anónima Deportiva (SAD) surge como un instrumento
moderno para fortalecer la sostenibilidad financiera de los clubes, atraer inversión
nacional y extranjera, y garantizar una gestión transparente en fútbol y otras disciplinas.
¿Qué es una Sociedad Anónima Deportiva?
Las SAD en Ecuador fueron introducidas por la Disposición General Tercera de la Ley de
Solidaridad Nacional (RO 10/06/2025), que señala:
“Se crea la sociedad anónima deportiva, persona jurídica de carácter profesional,
de alto rendimiento y naturaleza mercantil, cuyo capital dividido en acciones
negociables está formado por los aportes de los accionistas, que responden
únicamente por el monto de sus acciones.”
Así, las SAD permiten que un club se transforme en una entidad corporativa, con junta
de accionistas y directorio, bajo estructura societaria mercantil.
Previamente, los clubes en Ecuador debían constituirse como sociedades civiles sin fines
de lucro, bajo el control del Ministerio del Deporte y no de la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros (SCVS). Ahora, las SAD se sujetan al control de la SCVS,
permitiendo que el capital del club se integre mediante acciones negociables y que sea
posible atraer inversión privada con seguridad jurídica.
Ventajas de las SAD en Ecuador:
• Se pueden constituir con un accionista, eliminando el requisito anterior de 50
socios.
• Acceso a financiamiento privado, potenciando el desarrollo deportivo.
• Requieren reportes contables y de gestión anuales, fortaleciendo la
transparencia.
• Posibilitan alianzas con clubes internacionales y patrocinadores.
• Limitan la responsabilidad de los accionistas al valor de sus acciones, protegiendo
su patrimonio personal.
Retos y oportunidades:
Aunque la figura ya está vigente, existen retos en su implementación. La ley concedió 90
días para que la SCVS y el Ministerio del Deporte emitan un reglamento que explique el
procedimiento de adopción de esta figura, pero hasta ahora no se ha expedido,
generando incertidumbre entre los clubes.
Otro aspecto a considerar es que la ley no establece de manera expresa la posibilidad de
que las sociedades civiles se transformen en SAD, lo que implicaría que los clubes deben
constituir una nueva sociedad, desconociendo su historia y trayectoria institucional, un
tema sensible para entidades con tradición y comunidad consolidada.
Pese a ello, las SAD representan una oportunidad relevante. Permiten atraer inversión
extranjera replicando modelos exitosos como los de Emiratos Árabes Unidos en clubes
como el Manchester City y Paris Saint-Germain, incorporando mejores prácticas de
gobernanza, administración y sostenibilidad.
Conclusión:
Las Sociedades Anónimas Deportivas abren un camino para modernizar el deporte
ecuatoriano, combinando gestión corporativa con desarrollo deportivo sostenible. Con
la emisión del reglamento pendiente, las SAD pueden convertirse en un vehículo de
crecimiento para clubes que deseen profesionalizarse, atraer capital, y consolidar
estructuras de gobernanza que fortalezcan al deporte como industria y como
herramienta de impacto social, económico y cultural en Ecuador.